En función de reducir el déficit fiscal para la estabilización macroeconómica del país, Vladimir Regueiro Ale, ministro de Finanzas y Precios (MFP), informó este jueves sobre el Decreto Ley 93, modificativo de la Ley 113 del Sistema tributario, que entrará en vigor a partir del próximo 18 de septiembre.
El titular del sector, al comparecer en el espacio televisivo Mesa Redonda, precisó que el texto modifica seis artículos de la mencionada norma y ratifica otros seis vinculados a la delimitación de las responsabilidades tributarias, la formación de precios y las relaciones entre actores económicos.
Regueiro Ale acotó que tales medidas se complementan con tres resoluciones ministeriales del MFP referentes a las normas de tributación, contabilidad para trabajadores por cuenta propia y la adecuación de esta política para quienes ejercen la pesca comercial.
Entre las principales modificaciones destacó que se elimina la excepción del pago de socios de las micros, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) por los dividendos de su participación en el primer año de operaciones, y también del pago de impuestos en el mes de aprobación y los tres primeros meses de actividad de los negocios de reciente creación.
Aclaró que en estos casos se aplican adecuaciones en las cargas tributarias cuando los actores económicos no generen ingresos en un primer momento.
Señaló que también existe una adecuación en la calificación y régimen de los trabajadores asalariados por cuenta propia, donde se elimina el costo de cumplimiento de estas responsabilidades, las cuales pasan al empleador, quien debe mantener, además, el pago de la seguridad social.
Sobre la Resolución Ministerial 272, Regueiro Ale comentó que ésta actualiza la contabilidad de las operaciones en correspondencia con los ingresos anuales obtenidos, que se flexibiliza en el caso de aquellos que sean inferiores a 500 mil pesos.
Entonces, acotó el ministro, solo estarán obligados a llevar el Registro de Control de Ingresos y Gastos, donde realizarán las anotaciones de las operaciones diarias, y quienes superen esa cuantía deberán llevar la contabilidad de sus operaciones a efectos fiscales.
Subrayó que para los trabajadores que se dediquen a la pesca comercial los impuestos se reducirán en un cinco por ciento (%) cuando sus capturas terminen tributando a requerimientos de la industria nacional y, por el contrario, cuando se obtengan ganancias por la venta directa el impuesto será un 10% superior.
Con estas estrategias se pretende no solo un control fiscal más riguroso e incrementar los ingresos al presupuesto, sino elevar el nivel de implicación de los gobiernos locales en la gestión de sus propios presupuestos y acercar a ese ideal de justicia, solidaridad y compromiso en el sistema tributario, agregó.
En su intervención Regueiro Ale se refirió también a la actividad de fiscalización sobre los impuestos, donde se ha identificado un nivel importante de evasión y subdeclaración que ha conducido a cierres temporales o totales de establecimientos y retiros de licencias, entre otras sanciones.
Al cierre del mes de julio los aportes de los actores económicos totalizaron 15% de los ingresos totales y 21% de los ingresos tributarios reportados, informó el titular del MFP